En la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe a los veintidos días del mes de agosto del dos mil tres se reúnen en la Sede de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Pontificia Universidad Católica Argentina, sita en la Avenida Pellegrini 3314 de dicha Ciudad, las personas que suscriben el presente acta, y después de un intercambio de ideas acuerdan designar las siguientes autoridades para el periodo 2003/6 del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal Constitucional: Presidente Honorario: Héctor Fix-Zamudio y Mauro Cappelletti. Presidente: Néstor P. Sagüés. Vicepresidentes: Rubén Hernández Valle, Domingo García Belaunde y Humberto Nogueira Alcalá. Secretarios: Eloy Espinosa-Saldaña (Asuntos Institucionales); Eduardo Ferrer Mac-Gregor (Relaciones Académicas) y José Antonio Rivera (Coordinación y Programación). Vocales: Luis Lezcano Claude; Boris Barrios; Ernesto Rey Cantor; Osvaldo A. Gozaíni; Eduardo Esteva Gallicchio; Pablo Pérez Tremps; Francisco Fernández Segado. También resuelven aprobar el siguiente estatuto provisorio: Art. 1º: El “Centro Iberoamericano de Derecho Procesal Constitucional” pasará a denominarse a partir de la fecha “Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal Constitucional”. Art. 2º: Sus autoridades conforman la Junta Directiva designada en esta reunión, durante las sesiones del Primer Encuentro Latinoamericano de Derecho Procesal Constitucional y durarán en sus funciones hasta el 30 de noviembre de 2006. Su desempeño es ad honorem. Art. 3º: La Junta Directiva redactará los Estatutos definitivos, a considerar en el Segundo Encuentro Latinoamericano de Derecho Procesal Constitucional a celebrarse antes de la conclusión del mandato de la presente Junta Directiva. De no realizarse el mismo en tal fecha, la Junta Directiva quedará prorrogada hasta la efectiva concreción de aquel acto.
Para adoptar resoluciones, la Junta Directiva deberá contar con la aceptación de ocho de sus miembros. De haber empate, el Presidente tendrá doble voto. Los votos podrán remitirse por vía postal o electrónica. Art. 4º: La sede del Instituto, hasta tanto se constituya de modo definitivo, será la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del Rosario, de la Pontificia Universidad Católica Argentina (Avenida Pellegrini 3314, 2000 Rosario, Argentina). Sin perjuicio del aporte voluntario y personal de los miembros de la Junta Directiva, la Facultad sede, solventará los costos de comunicaciones que fueren menester. Art. 5º: Son objetivos del Instituto: 1º La difusión académica del Derecho Procesal Constitucional; 2º Propiciar la realización de seminarios, simposios, encuentros, cursos y revistas especializadas relativos a la disciplina; 3º Programar los Encuentros Iberoamericanos de Derecho Procesal Constitucional, a cargo del Instituto; 4º Nuclear y distribuir la información del área sobre las actividades mencionadas en los numerales 2º y 3º, y de la legislación que se sancione, mediante un Boletín que se distribuirá por vía postal o electrónica. Art. 6º: A los fines consignados habrá tres secretarías. Una, de Relaciones Académicas, atenderá los incisos 1º, 2º, y 4º del artículo anterior, otra de Coordinación y Programación, se ocupará de las funciones consignadas en el inciso 3º y operará de enlace entre todas ellas. La de Asuntos Institucionales, atenderá los contenidos mencionados en el inciso 5º. Art. 7º:
La presidencia y las secretarías podrán designar personal auxiliar de las mismas, en carácter ad honorem. Art. 8º: El Instituto auspicia la Revista Iberoamericana de Derecho Procesal Constitucional, codirigida por los Doctores Aníbal Quiroga León y Eduardo Ferrer Mac-Gregor. Con lo que se dio por terminado el acto que previa lectura y ratificación suscriben los presentes, entregándose copia de esta acta a los mismos.
Néstor Pedro Sagüés
(Argentina) |
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Rubén Hernández Valle
(Costa Rica)
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Domingo García Belaunde
(Perú) |
Humberto Nogueira Alcalá
(Chile)
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Eloy Espinosa-Saldaña
(Perú)
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Eduardo Ferrer Mac-Gregor
(México)
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José Antonio Rivera
(Bolivia)
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Luis Lezcano Claude
(Paraguay)
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Ernesto Rey Cantor
(Colombia)
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Osvaldo Alfredo Gozaíni
(Argentina) |
Eduardo Esteva Gacllicchio
(Uruguay) |
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